la Jueza de Garantías, Aída Lhez Libera a imputado por homicidio tras intento de robo

la jueza de Garantías Aída Lhez ha determinado la libertad de Julián Rodríguez, de 36 años, quien se encontraba bajo prisión domiciliaria, imputado por el homicidio de Daniel Ávalos. Este suceso, ocurrido en una vivienda de Necochea durante un presunto intento de robo, fue analizado por , quien fundamentó su decisión en los principios jurídicos aplicables al proceso penal.

El incidente tuvo lugar en la madrugada del viernes 26 de diciembre de 2025, aproximadamente a la 1:30, en una propiedad ubicada en calle 111 al 1800. Según la investigación, Daniel Ávalos, de 44 años, habría intentado ingresar ilegalmente al inmueble con intenciones de robo. En ese contexto, fue confrontado por el propietario de la casa, Julián Rodríguez, quien utilizó un arma de fuego.

Las actuaciones judiciales indican que Rodríguez realizó al menos tres disparos. Uno de ellos impactó en la región torácica de Ávalos, causando su fallecimiento de manera casi instantánea. Tras el hecho, el imputado alertó a las autoridades. A su llegada, el personal del Comando de Patrullas encontró el cuerpo de Ávalos sobre la vereda, en posición decúbito dorsal, con rastros hemáticos recientes. Junto a él, se halló una bicicleta tipo mountain bike. Dentro de la vivienda, se encontraban los residentes, visiblemente afectados, y un vecino que acudió al escuchar las detonaciones.

La autopsia reveló que la muerte de Ávalos fue consecuencia de una insuficiencia respiratoria y shock hipovolémico, provocados por un único disparo de arma de fuego que afectó órganos vitales. Los peritajes balísticos sobre la pistola calibre 9 milímetros secuestrada, sin documentación legal, buscaron establecer su funcionamiento y la distancia del disparo. Los informes preliminares descartaron un intercambio de proyectiles.

El expediente judicial y los registros fílmicos de la causa, a los que tuvo acceso este medio, señalan que el disparo se efectuó desde el patio de la vivienda, pero la víctima se encontraba en la vía pública, contrariamente a versiones iniciales. Asimismo, se confirmó que Rodríguez carecía de tenencia o portación legal del arma.

Julián Rodríguez está imputado por “homicidio agravado por el uso de arma de fuego, en concurso real con la tenencia ilegal de arma de guerra”. La investigación, en etapa de instrucción penal preparatoria, busca determinar si la conducta de Rodríguez encuadra en legítima defensa o si hubo exceso en su reacción, aspectos que se definirán en el juicio oral.

La jueza de Garantías, Aída Lhez, explicó que su decisión de liberar a Rodríguez se basa en el principio de que “la libertad es la regla durante la sustanciación del proceso”. Para mantener a una persona privada de su libertad, es indispensable que exista peligro procesal, ya sea por riesgo de fuga o de entorpecimiento probatorio. La magistrada indicó que Rodríguez no posee antecedentes penales y cuenta con arraigo en la ciudad, trabajando y viviendo con su familia.

En cuanto al riesgo de fuga, Lhez consideró improbable que una persona con fuertes lazos familiares y laborales en la localidad decidiera abandonar el país. Respecto al entorpecimiento de la investigación, argumentó que la mayoría de las pruebas ya han sido recolectadas y no se prevé cómo su libertad podría alterar las evidencias.

La jueza también consideró el contexto del hecho, señalando que “esta persona habría ingresado a su vivienda alguien con fines presuntamente ilícitos. No es que él fue a buscarlo”, aunque aclaró que la determinación de legítima defensa o exceso será materia de juicio. Finalmente, Lhez abordó la gravedad del delito, afirmando que “la sola escala penal no puede obstaculizar una excarcelación” y que “en Argentina no hay delitos inexcarcelables”. Concluyó que, para dictar prisión preventiva, la gravedad del hecho por sí misma no es suficiente si no se puede presumir una condena.

Con esta resolución, Julián Rodríguez continuará el proceso en libertad, a la espera del juicio oral donde se establecerá su responsabilidad penal y si su accionar, que resultó en la muerte de Daniel Ávalos, se justificó como legítima defensa o constituyó un exceso punible.

Cabe destacar que el fiscal interviniente ha presentado un recurso de apelación contra la decisión de liberar a Julián Rodríguez. La Cámara de Apelaciones de Azul, que se encuentra actualmente en turno, será la encargada de revisar esta disposición a través de un tribunal integrado por tres jueces. Hasta que se resuelva la apelación, la medida dispuesta por el Juzgado de Garantías mantiene su vigencia.

 

 


1. Los fundamentos de la Jueza Lhez

  • Ausencia de Peligro Procesal: La jueza determinó que no existe peligro de fuga ni riesgo de que el imputado pueda entorpecer la investigación (borrar pruebas o amenazar testigos).
  • Arraigo y Antecedentes: Se valoró que Rodríguez posee domicilio fijo en Necochea (arraigo) y que no cuenta con antecedentes penales previos al hecho.
  • Principio de Inocencia: La resolución subraya que la prisión preventiva es una medida excepcional y no una pena anticipada.

2. La calificación legal: El debate que viene

Aunque Rodríguez recuperó la libertad, sigue vinculado al proceso bajo una calificación técnica compleja que será el eje del futuro juicio oral:

Imputación actual: “Homicidio agravado por el uso de arma de fuego, en concurso real con la tenencia ilegal de arma de guerra”.

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