A partir de las 8 de la mañana de este viernes 5 de septiembre, comenzará a regir en toda la provincia de Buenos Aires la veda electoral, un período de reflexión cívica obligatorio previo a los comicios legislativos del domingo. La medida, que se extenderá hasta las 21 horas de la jornada electoral, establece una serie de prohibiciones estrictas para candidatos, medios y ciudadanos, con el fin de garantizar que los más de 14 millones de bonaerenses habilitados puedan emitir su voto sin presiones ni influencias de último momento.
Este domingo, los ciudadanos de la provincia acudirán a las urnas entre las 8 y las 18 horas para renovar la mitad de las bancas en ambas cámaras de la Legislatura, así como concejales y consejeros escolares en los 135 municipios.
Cese de la propaganda y actos políticos
La principal restricción que entra en vigor 48 horas antes de la elección es la prohibición total de cualquier tipo de proselitismo. Esto incluye la emisión y difusión de publicidad electoral en medios audiovisuales, gráficos y en la vía pública. Asimismo, se prohíben los actos de campaña y cualquier tipo de reunión pública de carácter político.
Encuestas y sondeos, en silencio
Desde el inicio de la veda, también queda vedada la publicación y difusión de encuestas, sondeos de opinión y pronósticos electorales en los medios de comunicación. Los primeros datos y proyecciones sobre los resultados de la elección recién podrán ser informados a partir de las 21 horas del domingo, tres horas después del cierre de las mesas de votación.
Restricciones sociales y comerciales
Una de las normativas de mayor impacto en la vida cotidiana es la prohibición de la venta de bebidas alcohólicas, que comenzará a las 20 horas del sábado y se mantendrá vigente durante toda la jornada del domingo. Los comercios que no cumplan con esta disposición se exponen a sanciones.
Además, durante el día de la elección y hasta tres horas después de su finalización, no se podrán realizar espectáculos populares, ya sean al aire libre o en recintos cerrados. Esto abarca fiestas, eventos teatrales, competencias deportivas y cualquier reunión pública que no esté relacionada con el acto electoral.
Responsabilidades del votante y sanciones
El Código Electoral Nacional establece prohibiciones específicas para los ciudadanos durante la jornada electoral. No está permitida la portación de armas, el uso de banderas o cualquier tipo de distintivo partidario.
El incumplimiento de la veda constituye un delito electoral y prevé sanciones severas. Quienes sean hallados culpables de violar las normativas pueden enfrentar multas que van desde los 10.000 hasta los 100.000 pesos. Las penas son aún más graves para delitos como inducir al voto o incentivar el ausentismo, que pueden ser castigados con entre dos meses y dos años de prisión. Atentar contra el secreto del voto, por su parte, contempla penas de hasta tres años de cárcel.