La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires ordenó suspender de manera preventiva la fumigación con agroquímicos en los distritos de Tandil y Rauch, al hacer lugar a una medida cautelar impulsada por vecinos de la Cuenca del Chapaleofú, que comprende zonas de ambos partidos.
La decisión del máximo tribunal provincial se apoya en el dictamen del procurador general Julio Conte Grand y alcanza a las aplicaciones permitidas por ordenanzas municipales en cercanías de viviendas, establecimientos educativos, pozos de agua y cursos hídricos. La suspensión regirá hasta tanto se resuelva el fondo de la cuestión.
En ese marco, el secretario de la Corte, Juan José Martiarena, requirió a los intendentes Miguel Ángel Lunghi (Tandil) y Maximiliano Suescun (Rauch) que remitan en un plazo de diez días toda la documentación y los antecedentes técnicos que dieron origen a las normativas cuestionadas.
El dictamen del Procurador reconoce la legitimidad del reclamo vecinal, que también involucra a las localidades tandilenses de Gardey y María Ignacia (Vela), donde rige una regulación aprobada en 2022. Conte Grand solicitó puntualmente la suspensión de las ordenanzas 850/12 y 17.404/21, al considerar que habilitan aplicaciones a distancias que podrían resultar insuficientes desde el punto de vista sanitario y ambiental.
En Tandil, el debate por el uso de agroquímicos generó fuertes controversias en los últimos años. En diciembre de 2021, una sesión del Concejo Deliberante debió ser interrumpida por protestas de organizaciones ambientalistas, aunque posteriormente se aprobaron normas que ampliaron las zonas de exclusión y amortiguamiento, fijándolas en 60 y hasta 800 metros según el producto y el área. Para las escuelas rurales, se establecieron distancias mayores y exigencias adicionales, como barreras forestales y acuerdos previos sobre horarios de aplicación.
Sin embargo, los vecinos nucleados en la ONG Defensores Ambientales de la Cuenca del Chapaleofú reclaman criterios aún más restrictivos. Exigen una franja precautoria de 1.095 metros para las aplicaciones terrestres y de 2.000 metros para las aéreas, en línea con precedentes judiciales como el caso Pergamino.
Desde el sector agropecuario, en tanto, la Sociedad Rural advirtió que una eventual confirmación del fallo podría dejar fuera del esquema productivo a miles de hectáreas agrícolas en Tandil, al limitar el uso de fitosanitarios para el control de plagas y malezas.
La resolución de la Corte reabre un debate sensible en el interior bonaerense y marca un nuevo capítulo en la tensión entre producción agropecuaria, salud pública y protección ambiental.







