Un fallo federal respaldó a un municipio bonaerense y reavivó la disputa entre Nación y los intendentes por la autonomía fiscal.
La Justicia Federal de San Nicolás declaró inconstitucional la resolución impulsada por el ministro de Economía, Luis Caputo, que prohibía a los municipios incluir tasas en las facturas de servicios públicos. El fallo representa un fuerte respaldo a la autonomía municipal y sienta un precedente clave para otros distritos del país.
La decisión se dio en el marco de un amparo presentado por la Municipalidad de Pergamino, que cuestionó la medida al considerar que afectaba su capacidad de recaudación y el financiamiento de servicios esenciales.
El juez subrogante Carlos Villafuerte Ruzo sostuvo que la resolución nacional invade competencias propias de los municipios y resulta incompatible con el ordenamiento jurídico vigente. En ese sentido, advirtió que la norma “influye en la recaudación” y vulnera el esquema de distribución de facultades establecido por la Constitución.
Desde el municipio explicaron que el cobro de tasas, como la de alumbrado público, se realiza a través de convenios con cooperativas eléctricas y es fundamental para sostener servicios básicos. Según argumentaron, eliminar ese mecanismo “afectaría gravemente el funcionamiento del sistema de alumbrado público” y otras prestaciones esenciales.
El conflicto entre el Gobierno nacional y los intendentes por las tasas municipales lleva meses de tensión. La administración de Javier Milei había dispuesto eliminar cargos ajenos al servicio en las boletas, al considerar que distorsionaban el precio final que pagan los usuarios.
Sin embargo, la discusión tuvo fallos judiciales en sentidos opuestos. Mientras algunos tribunales avalaron la postura nacional, otros —como en este caso— respaldaron a los municipios, consolidando un escenario de incertidumbre jurídica.
El pronunciamiento de San Nicolás vuelve a poner en el centro del debate la autonomía municipal y abre la puerta a nuevas presentaciones judiciales en distintos puntos del país.







