El Gobierno de la provincia de Buenos Aires formalizó su intervención en el Consorcio de Gestión de Puerto Quequén tras la renuncia de Jimena López como presidenta del Ente, quien dejó el cargo tras asumir como diputada nacional. En una comunicación dirigida al Directorio del consorcio portuario, firmada por la Subsecretaría de Asuntos Portuarios, se reconoció que la salida de López genera un vacío institucional.
En el documento se informa que “el Consorcio de Gestión del Puerto de Quequén no posee Presidente/a y tampoco Gerente/a General”, una situación que se extenderá “hasta tanto el Poder Ejecutivo Provincial arbitre los medios para la designación de un miembro en representación del Gobierno para el Directorio que ejercerá su Presidencia”.
La comunicación especifica que, antes de dejar su cargo, López suscribió la Disposición CPGQ N° 53/2025, la cual estableció “un mecanismo transitorio de gobernabilidad y administración”. Dicha disposición se mantiene vigente como marco regulatorio mientras se espera la designación de una nueva autoridad por parte del gobierno provincial.
El punto central de la nota oficial radica en la recomendación de designar una conducción provisoria para asegurar la continuidad de las operaciones portuarias. La Subsecretaría indica que “se recomienda al Directorio […] designar un presidente interino, incluyendo la atribución temporal de las funciones correspondientes a la Gerencia General, con el objetivo de garantizar la operatoria cotidiana y el normal funcionamiento de la Unidad Portuaria bajo su administración”.
Sin embargo, la Provincia también fija restricciones precisas sobre las atribuciones de esta conducción interina. La nota advierte que “se recomienda que no se realicen votaciones en torno a decisiones abarcadas dentro de los casos en los cuales la Presidencia tiene derecho a veto (art. 27 del Estatuto)”. Así, se delimita que ciertas decisiones cruciales quedan diferidas hasta que se concrete la designación formal.
En el cierre del documento, la Subsecretaría de Asuntos Portuarios enmarca su intervención recordando que actúa conforme al artículo 30 de la Ley 15.477 y a la normativa vigente, en su rol de “Autoridad Portuaria Provincial” y con la función de “supervisar el funcionamiento de los Consorcios de Gestión”.







