La reforma laboral impulsada por el gobierno de Javier Milei fue aprobada por el Congreso y ahora aguarda su promulgación para comenzar a aplicarse. Tras la ratificación en el Senado, la norma podría entrar en vigencia durante el mes de marzo.
Según la Constitución Nacional, el Poder Ejecutivo dispone de diez días hábiles para promulgar la ley. Una vez publicada en el Boletín Oficial, comenzará a regir ocho días después, salvo que el texto disponga un plazo diferente.
Cambios en indemnizaciones y despidos
Uno de los puntos centrales de la reforma modifica el cálculo de las indemnizaciones por despido. A partir de la nueva normativa, quedarán excluidos del cálculo conceptos como vacaciones no gozadas, aguinaldo, premios o propinas.
Además, se establecen nuevos límites:
- La indemnización no podrá superar tres veces el salario promedio del convenio colectivo correspondiente.
- Se fija un piso equivalente al 67% de la remuneración habitual.
Las sentencias judiciales por indemnizaciones solo podrán actualizarse por inflación más un 3% anual. También se habilita el pago en cuotas: hasta seis para grandes empresas y hasta doce para pymes.
Fondos de Asistencia Laboral
La ley crea los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), financiados con aportes patronales. Las grandes empresas deberán aportar el 1% y las pymes el 2,5%. El objetivo es garantizar el pago de indemnizaciones a través de cuentas administradas bajo supervisión financiera.
Jornada laboral y contratos
La reforma permite ampliar la jornada diaria hasta 12 horas mediante acuerdos flexibles, siempre que se respete un descanso mínimo de 12 horas entre jornadas.
También habilita contratos a tiempo parcial por debajo de la jornada legal actual y promueve esquemas de “salario dinámico”, vinculados a productividad o desempeño.
Cambios en el derecho de huelga
En servicios considerados esenciales —como salud, agua potable, telecomunicaciones o transporte aéreo— deberá garantizarse un funcionamiento mínimo del 75% durante las huelgas.
En actividades consideradas de importancia trascendental, como transporte, construcción o industria alimenticia, el mínimo operativo será del 50%.
Estatutos que quedarían derogados
La ley también elimina regímenes laborales especiales, entre ellos:
- Estatuto del periodista.
- Estatuto del viajante de comercio.
- Estatuto del peluquero.
Estos marcos regulaban condiciones laborales específicas para cada actividad, por lo que su eliminación genera preocupación en distintos sectores.
Mientras tanto, gremios como la CGT ya anunciaron que impulsarán acciones judiciales para intentar frenar la aplicación de algunos artículos de la reforma.







